Un gran roedor sudamericano que coloniza los humedales europeos
Originario de Argentina, Uruguay, Chile y Brasil, el coipú (Myocastor coypus), también llamado nutria, es un roedor semi-acuático de gran tamaño que puede alcanzar 9 kg de peso y 80 cm de longitud, cola cilíndrica incluida. Introducido en Francia en el siglo XIX por su pelaje, se escapó de las granjas peleteras y ha colonizado la práctica totalidad del país, salvo en zonas de alta montaña.
En 2026, varias FREDON regionales y federaciones departamentales de cazadores coordinan campañas colectivas de trampeo en los humedales de Charente-Maritime, Gironda, Camarga, Loira-Atlántico, Vendée, Bocas del Ródano y Morbihan, con objetivos superiores a 200 coipús capturados por zona durante la temporada estival.
Por qué el coipú está clasificado como especie exótica invasora
El coipú figura en la lista de especies exóticas invasoras (EEI) del OFB (Oficina francesa de la biodiversidad) y del MNHN (Museo Nacional de Historia Natural). También está clasificado como ESOD — Especie Susceptible de Provocar Daños — mediante órdenes prefecturales trienales en más de 70 departamentos franceses, incluyendo la totalidad del litoral atlántico, la Camarga y Bretaña.
El marco normativo combina:
- El Reglamento europeo 1143/2014 sobre prevención y gestión de especies exóticas invasoras;
- La orden ministerial de 14 de febrero de 2018, que prohíbe la introducción, comercialización, cría y transporte de coipús vivos;
- La orden de 29 de enero de 2007 que regula las condiciones de trampeo;
- Las órdenes prefecturales ESOD 2024-2027 o 2025-2028 que autorizan la destrucción por disparo, trampa-jaula o arco de caza según el departamento.

Daños masivos en riberas, cultivos y biodiversidad
El coipú es un herbívoro estricto que consume cada día el equivalente al 25 % de su peso en vegetales. Sus daños se agrupan en tres categorías:
- Hundimiento de riberas y diques: excava madrigueras de 6 a 8 metros con entradas sumergidas, debilitando las obras hidráulicas, los caminos de sirga, los estanques piscícolas y los canales de riego. En la Camarga y en el Marais poitevin, varios diques han tenido que reconstruirse de urgencia tras hundimientos atribuidos a la actividad del coipú;
- Pérdidas agrícolas: maíz, cereales, colza, alfalfa, girasol, cultivos hortícolas — los daños superan localmente los 500 € por hectárea según las cámaras agrarias de Charente-Maritime y Vendée;
- Impacto sobre la biodiversidad: consumo de los cañaverales, destrucción de nidadas de aves acuáticas (patos, fochas, rascones), competencia con el ratón de agua y la rata almizclera, propagación de la duela del hígado (Fasciola hepatica) que parasita al ganado.
El coste acumulado para los entes locales y los agricultores lo estima el OFB en varias decenas de millones de euros al año a nivel nacional.
La campaña de regulación 2026: trampeo colectivo y coordinación prefectural
En 2026, el dispositivo nacional se articula en torno a varios ejes complementarios:
- Trampeo con jaula homologada (modelo «jaula para coipú» de entrada única, sin cebo) llevado a cabo por las ACCA (asociaciones comunales de caza), las FREDON regionales y las federaciones departamentales de cazadores;
- Operaciones de disparo realizadas por los tenientes de lobatería, especialmente en verano, cuando los coipús están activos a orillas de los canales;
- Coordinador departamental «Especies exóticas invasoras» nombrado por las prefecturas en la mayoría de los departamentos afectados, en aplicación de la Estrategia nacional EEI 2022-2030;
- Formación de los agentes de los municipios costeros y de las ASA (asociaciones sindicales autorizadas) de propietarios de estanques, en la colocación de trampas conformes;
- Recogida centralizada de datos mediante la plataforma SINP (Sistema de información sobre la naturaleza y los paisajes) y la aplicación del OFB «Actuar por la biodiversidad», que permite a los particulares señalar sus observaciones.
El caso particular de los diques y obras hidráulicas
La ley de 16 de septiembre de 2019 sobre la modernización de la seguridad contra incendios se amplió en 2022 a los diques de protección contra inundaciones, poniendo su mantenimiento bajo la responsabilidad de los EPTB (establecimientos públicos territoriales de cuenca) o de los gestores de diques. La presencia de coipús figura ahora entre los criterios de vigilancia prioritarios, junto a las madrigueras de tejón y la vegetación leñosa.
Varios departamentos — Charente-Maritime, Gironda, Vendée — han lanzado así en 2026 contratos públicos de regulación que abarcan varios miles de hectáreas de marisma, cofinanciados por los fondos europeos FEADER, las agencias del agua y los departamentos.
¿Qué medios para los particulares y los explotadores?
Para el propietario de un estanque, un agricultor o un particular residente junto a un curso de agua, existen varias soluciones:
- Jaula para coipú: dispositivo pasivo, sin cebo, que captura al animal vivo. Homologada por la orden de 29 de enero de 2007, se revisa cada mañana;
- Trampa de mandíbula: autorizada solo en algunos departamentos ESOD, con declaración previa en el ayuntamiento;
- Disparo: sujeto a autorización prefectural individual y al acuerdo del titular de los derechos de caza;
- Protección pasiva de las riberas: instalación de mallas finas (19 mm) enterradas a 50 cm de profundidad en los tramos sensibles (piscifactoría, obra de fábrica);
- Recurrir a un profesional: Antinuisible Pro evalúa la colonia, identifica las zonas de madrigueras y aplica un plan de lucha plurianual que combina trampeo, protección y seguimiento.
Como con cualquier infestación de roedores, la rapidez de actuación es esencial: una pareja de coipús puede fundar una colonia de 200 a 300 individuos en tres años si no se interviene.
Lo que dice con precisión la normativa francesa
La normativa es compleja, pero se resume en unos pocos principios:
- Todo propietario, arrendatario o explotador tiene la obligación de participar en la destrucción de los coipús dentro del límite de la finca de la que hace uso (artículo L. 1337-3 del Código francés de la Salud Pública, aplicado a las ESOD);
- Las ACCA, AICA, FDC y FREDON son los principales operadores habilitados para organizar batidas administrativas o campañas concertadas de trampeo;
- El uso de venenos está estrictamente prohibido — solo se autorizan el trampeo mecánico y el disparo;
- El desplazamiento de un coipú vivo está prohibido fuera del transporte directo a un centro de tratamiento de cadáveres autorizado;
- La introducción de cualquier ejemplar en el territorio nacional (compra, cesión, suelta) constituye un delito sancionable con una multa de hasta 9 000 € por animal.
¿Por qué recurrir a un profesional?
Recurrir a una empresa especializada como Antinuisible Pro le garantiza:
- Un diagnóstico de la colonia (cartografía de madrigueras, índice de presencia, estimación del número de individuos);
- La elección de un método de lucha conforme con la normativa vigente en su departamento;
- La colocación de trampas adaptadas y un seguimiento periódico (revisión, neutralización, registro de capturas);
- La protección duradera de las riberas mediante mallas o escolleras;
- Un informe escrito útil en caso de inspección prefectural o de solicitud de indemnización.
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