Introducción: la infestación colectiva, un punto ciego del derecho de la vivienda
Un edificio nunca se infesta «piso a piso». Las cucarachas germánicas circulan por los patinillos técnicos, las ratas suben por las columnas de evacuación y los vertederos de basura, las chinches atraviesan rodapiés y enchufes de una vivienda a otra. Y sin embargo, en cuanto se trata de pagar la factura, todos se pasan la pelota: el inquilino señala la vetustez del edificio, el propietario alega falta de mantenimiento, el administrador remite a la junta de propietarios.
Los cierres administrativos que han ocupado los titulares en los últimos meses —restaurantes y panaderías cerrados por orden prefectoral en Val-d'Oise por presencia de cucarachas o roedores muertos, un supermercado evacuado por «infestación masiva de ratas»— recuerdan que el asunto es, ante todo, sanitario. Pero en la vivienda privada, donde ningún prefecto viene a zanjar la cuestión, el bloqueo jurídico hace perder semanas. Y una semana perdida frente a Blattella germanica, cuya hembra produce hasta 300 descendientes en un ciclo, significa una infestación duplicada.

Esta guía repasa, en 2026, lo que dice realmente el derecho francés: quién es responsable, quién paga, en qué plazo y cómo actuar cuando nada se mueve.
La base jurídica: la vivienda digna y libre de plagas
Todo parte de la ley n.º 89-462 de 6 de julio de 1989 y de su decreto de aplicación n.º 2002-120 relativo a la vivienda digna. Desde la ley ELAN de 23 de noviembre de 2018, el artículo 6 de la ley de 1989 obliga al arrendador a entregar una vivienda «libre de toda infestación de especies nocivas y parásitos».
Esta formulación, añadida por el legislador precisamente a raíz de la crisis de las chinches, lo cambia todo. Significa que:
- En el momento de la entrada en la vivienda, un inmueble infestado no es digno. El arrendador debe costear el tratamiento, sin discusión posible.
- Durante el contrato, el propietario sigue sujeto a una obligación de entrega y mantenimiento (artículo 6 b y c). Debe hacerse cargo de los tratamientos siempre que la infestación no sea imputable a una culpa del inquilino.
- La carga de la prueba de la culpa del inquilino recae sobre el arrendador, y no a la inversa. Es la posición constante de los tribunales de proximidad y así lo recuerda la Agence nationale pour l'information sur le logement (ANIL) en sus análisis jurídicos.
El decreto n.º 87-712 sobre reparaciones locativas, por su parte, atribuye al inquilino el mantenimiento ordinario: la «destrucción de insectos y roedores» figura ahí. De esa línea nacen la mayoría de los litigios: el arrendador la invoca sistemáticamente. Pero la jurisprudencia la interpreta de forma estricta: se trata de intervenciones puntuales y menores (una fila de hormigas, un ratón aislado), no de una infestación estructural ligada al edificio, a las zonas comunes o a la antigüedad del problema.
En la práctica, la regla de reparto que aplican las comisiones departamentales de conciliación es sencilla: infestación generalizada, antigua o procedente de zonas comunes → arrendador o comunidad. Molestia aislada, reciente y circunscrita a la vivienda → inquilino.
Cucarachas y ratas en las zonas comunes: asunto del administrador
Cuando las plagas ocupan sótanos, cuartos de basuras, patinillos técnicos, vertederos o subterráneos, la responsabilidad pasa a la comunidad de propietarios, representada por el administrador de fincas.
Lo que debe hacer el administrador
El artículo 14 de la ley de 10 de julio de 1965 encomienda a la comunidad la conservación del inmueble y la administración de las zonas comunes. Una infestación de roedores o cucarachas en los sótanos entra por tanto en el mantenimiento ordinario, financiado con los gastos comunes. En concreto:
- El administrador puede iniciar una intervención de urgencia sin esperar a la junta cuando existe riesgo sanitario (artículo 18 de la ley de 1965), especialmente si media un requerimiento de la ARS o del servicio municipal de higiene y salud (SCHS).
- Un contrato anual de desratización preventiva —a menudo de tres o cuatro pasadas al año con estaciones de cebo seguras— se vota en junta por mayoría simple del artículo 24.
- El administrador debe llevar un registro de las intervenciones, que cualquier copropietario puede exigir.
Lo que puede hacer un ocupante ante un administrador inactivo
- Comunicarlo por escrito al administrador, con fotos fechadas y descripción precisa de las zonas afectadas.
- Insistir mediante carta certificada con acuse de recibo fijando un plazo (15 días es razonable).
- Acudir al servicio municipal de higiene y salud del ayuntamiento o, en su defecto, a la ARS. El Reglamento sanitario departamental tipo (RSDt), artículo 119 y siguientes, impone la destrucción de roedores e insectos en los edificios de viviendas. El alcalde dispone de poder de policía sanitaria para requerir la actuación.
- Como último recurso, solicitar la inclusión del punto en el orden del día de la próxima junta, o acudir al tribunal judicial mediante procedimiento de medidas cautelares.
Chinches: el caso más conflictivo
La tasa de infestación en Francia se duplicó entre 2024 y 2025 según los datos difundidos por la prensa nacional, lo que confirma la tendencia observada por la ANSES desde su informe pericial de 2023, que estimaba que alrededor del 11 % de los hogares franceses se habían visto afectados en cinco años.
La chinche plantea un problema jurídico particular: viaja con las personas y los objetos. Un arrendador alegará por tanto de buen grado que la introdujo el inquilino (vuelta de un viaje, compra de segunda mano). Pero en un edificio, la difusión entre viviendas es la norma, no la excepción: una vez que tres pisos de una misma columna están afectados, el origen individual resulta indemostrable.
La buena práctica en un edificio
Un tratamiento piso por piso fracasa casi siempre: las chinches migran a las viviendas vecinas durante la intervención y luego regresan. Los profesionales certificados recomiendan un diagnóstico global de la columna o de la planta, con tratamiento simultáneo de las viviendas contiguas, incluidas las que se declaran libres de plaga.
Para objetivar la situación antes de cualquier conversación con el arrendador o el administrador, algunas herramientas sencillas marcan la diferencia:
- Trampas interceptoras para chinches colocadas bajo las patas de la cama, que permiten datar y cuantificar la presencia sin tratamiento químico.
- Una funda antichinches integral para colchón y somier, que impide su instalación en la cama y facilita el seguimiento.
- Una linterna LED potente para inspeccionar costuras, cabeceros y rodapiés, donde son visibles las características deyecciones negras.
Recordemos lo que la ANSES ha alertado de forma explícita: los insecticidas no homologados vendidos fuera de circuitos controlados, así como los fumígenos tipo «bomba total», son ineficaces y peligrosos. Dispersan las poblaciones y generan resistencias. El tema se detalla en nuestro artículo sobre los insecticidas prohibidos contra las chinches.





